Una Procuradora que sí levante pasiones

“Queremos una procuradora que no levante pasiones” acaba de expresar el gobernador Pedro R. Pierluisi Urrutia. Esto es exactamente lo opuesto a lo que necesita la defensa de la justicia para las mujeres. Por nuestros derechos, queremos y merecemos más: pasiones, defensa, posiciones claras, fiscalización y abogacía para transformar políticas públicas.

 

El anuncio del gobernador sobre el retiro del nombramiento de Vilmarie Rivera Sierra como Procuradora de las Mujeres invita a que las organizaciones y colectivos de derechos humanos reivindiquemos las políticas públicas detrás de la Ley 20 de 2001, conocida como la “Ley de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres” (OPM) y reflexionemos sobre la importancia de que los procesos de confirmación de personas nominadas se lleven a cabo de manera seria, democrática y justa.

 

A finales de los años 90 y principios de los años 2000, grupos feministas y de servicios a las mujeres impulsaron la creación de la OPM como una herramienta de derechos humanos.  El fin era  contar con una entidad jurídica independiente y fiscalizadora que velara por el cumplimiento de las políticas públicas a favor del pleno desarrollo y respeto de los derechos humanos de las mujeres y el ejercicio y disfrute de sus libertades fundamentales. Para lograr esa independencia, la Ley 20 de 2001 creó una oficina para que una persona con trayectoria reconocida en la lucha por la equidad ocupara el cargo de Procuradora por 10 años. 

 

La ley también creó un consejo consultivo compuesto por personas de probada capacidad y liderato, identificadas con el respeto por los derechos y la diversidad de las mujeres y estipuló que la persona gobernadora podía solicitar y recibir recomendaciones, sobre posibles candidatas para ocupar el cargo de la Procuradora así como el del Consejo del Consultivo, de los grupos identificados con los derechos de las mujeres y la equidad por género.

 

La OPM nació por el trabajo y activismo de las mujeres y porque existía el clima político idóneo para su creación. Ese clima político hace tiempo que cambió. Desde la renuncia de la primera procuradora, la gran María Dolores Fernós Isern, hace 16 años, ninguna recomendación de los grupos de mujeres sobre quien debe ocupar el puesto ha llegado a buen puerto. 

 

Durante estos años, los grupos feministas han fiscalizado a la OPM y exigido mayor participación comunitaria y más garantías democráticas en la selección de la procuradora. También han impulsado una reformulación de la entidad convirtiéndola en una con mayor autonomía y mecanismos de rendición de cuentas.  Sus reclamos no han sido escuchados.

 

En el reciente nombramiento de Rivera Sierra como procuradora fue evidente cómo a pesar de los postulados claros de la Ley 20, el proceso de confirmación de la designada se vio obstruido hasta el punto de que el nombramiento fue retirado sin que el proceso legislativo corriera su curso.  Una vez más, múltiples grupos de mujeres confiaron en los procesos con la esperanza  de que la nominada tendría una verdadera oportunidad de ser escuchada y evaluada. Una vez más, la mujer nominada quedó atrapada en las dinámicas, muchas veces poco democráticas, de la política partidista.

 

Aunque Ayuda Legal Puerto Rico reconoce que las obligaciones del Estado con los derechos de las mujeres trasciende la creación y la permanencia de la OPM, reclama el cumplimiento de los parámetros de Ley 20 para cumplir con los propósitos de su creación. Si no existe la voluntad política para esta acción, nos tocará a las organizaciones comunitarias, no gubernamentales y colectivos activistas impulsar nuevas políticas públicas con mayores garantías democráticas y justas.

 

Exigir esta ruta es nuestra responsabilidad como defensoras de los derechos humanos y de la equidad.

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