Gota a gota la asistencia para quienes no pueden pagar sus hipotecas

Como muchos desastres, la pandemia ha revelado la falta de preparación por parte del Gobierno para proteger y atender las necesidades de las personas más vulnerables. Sus consecuencias en la salud, educación y economía ponen en grave peligro a miles de familias. Las iniciativas aprobadas a nivel local y federal para atender la crisis han sido implementadas ineficientemente. Esto ha provocando que las tan ansiadas ayudas, o no lleguen a quienes las necesitan, o no lleguen a tiempo. Ejemplo de esto es que bajo el Programa R3 sólo un 2% de las viviendas con solicitudes pre-elegibles han sido reparadas. Esta morosidad en el desembolso de ayudas aumentará el riesgo de la pérdida de miles de hogares ante ejecuciones de hipotecas, luego de agotados los periodos de moratorias.

 

A través de la Orden Ejecutiva 2020-040 del 15 de mayo de 2020, el Gobierno presentó el plan para manejar los fondos aprobados por el Congreso conocidos como “Coronavirus Relief Funds” (CRF). Este plan estableció una transferencia de $200 millones del CRF a los 78 municipios para gastos clasificados como elegibles relacionados con la emergencia del COVID-19. El 19 de octubre de 2020, la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) emitió el Memorando Especial Núm. 019-2020 estableciendo que el Programa de Asistencia para el Pago de Hipotecas Morosas era un gasto elegible para fines del CRF.

 

No es hasta el 19 de octubre que finalmente se publicaron guías para este proceso. El memorando de la OGP incluye también las guías generales para la implementación del programa. Las guías indican que el programa sólo puede cubrir gastos incurridos entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020, y que dichos gastos estén relacionados a la emergencia del COVID-19. Será responsabilidad de los municipios el desarrollar los criterios de elegibilidad para las personas participantes del programa.

 

Estos criterios deben incluir como mínimo:

  • Ser una persona dueña de una vivienda con atrasos en los pagos de su hipoteca.
  • Los atrasos deben estar certificados por su institución bancaria.
  • Los atrasos se deben a pérdida o reducción de ingresos por el COVID-19. 
  • No contar con ingresos suficientes para continuar haciendo los pagos.
  • Dueña o cohabitante sufrió reducción de ingresos por: pérdida de empleo, reducción de horas laborales, aumento en sus gastos para atender situaciones relacionadas a la pandemia, haber tenido un diagnóstico positivo al COVID-19.
  • No haber recibido otra asistencia federal para estos fines

La adecuada y oportuna administración de estos fondos pudiera prevenir una avalancha de ejecuciones de hipotecas. Según se acerca el fin de las moratorias y de otras iniciativas creadas o improvisadas para proteger la tenencia de la vivienda en medio de la pandemia, se hace esencial que estos fondos se distribuyan con la agilidad y transparencia que la crisis amerita

 

Hasta la fecha, conocemos que los siguientes municipios tienen estos programas habilitados: Bayamón, Caguas, Canóvanas, Ponce y Toa Alta.

A estos municipios, les exhortamos a ver la guía como un mínimo y que se propongan utilizar estos fondos para promover la vivienda segura a quienes no saben cómo pagar sus viviendas tras el fin de las moratorias.

 

Les exhortamos a:

  1. Establecer criterios de elegibilidad que promuevan que la ayuda llegue a personas con necesidades reales y concretas. Velar porque estas asistencias no sean un salvavidas para instituciones financieras sino para las familias en riesgo de perder su hogar. Estos programas deben diseñarse con estas últimas en mente pues son la prioridad.
  2. Advertir y responder efectivamente durante el proceso a las necesidades particulares de poblaciones históricamente vulnerables como las personas mayores de edad, las sobrevivientes de violencia de género y las personas con diversidad funcional, entre otras.
  3. Extender estas asistencias para garantizar apoyo económico a las familias más allá de los meses en los que duró la moratoria, ya sea complementando este programa con otros fondos o refiriendo a programas de asistencia.
  4. Hacer extensivo el directorio de servicios legales gratuitos a toda persona que sea evaluada en el programa, independientemente si la misma termina siendo elegible o no al programa.
  5. Diseñar una campaña educativa que alcance y oriente adecuadamente a las personas en mayor riesgo de perder sus casas ante una posible ejecución de hipoteca.

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