Proceso de solicitud como entidad u organización autorizada bajo el Reglamento Pro Bono

La  Oficina  de  Administración  de  Tribunales  (en  adelante  OAT)  emitió  unas  normas1 para  las  organizaciones  o  entidades  que  deseen  solicitar  donde  establece  el  proceso  de solicitud y regulaciones. Toda entidad gubernamental o persona jurídica debidamente creada u organizada al amparo de  las  leyes  de  nuestra  jurisdicción  podrá  solicitar  participar  como entidad  u organización autorizada cuando opere un proyecto o programa supervisado para la prestación de   servicios   legales   o   notariales   gratuitos   a   personas   o   comunidades   de escasos    recursos  económicos  con  la  colaboración  de  abogadas  y  abogados  que  ofrecen servicios pro bono. Este documento busca resumir las  normas  que  presiden  la  inscripción de   entidades autorizadas, así como describir los materiales que necesitaran para facilitar el proceso.

Proceso de certificación como entidad autorizada

Toda organización o entidad interesada en participar debe:

  • 1 Completar la solicitud del Formulario 18502 también conocida como “Solicitud de inscripción como entidad u organización autorizada”
  • 2 La solicitud debe ser firmada por una abogada o abogado admitida a la jurisdicción, quien será responsable del proyecto o programa pro bono.

Esta solicitud debe incluir:

  • 1 La entrevista o formulario objetivos que utiliza o utilizará la organización para evaluar participantes potenciales que recibirán servicios pro bono de abogadas y abogados.
  • 2 Los criterios de evaluación económica que se toman en consideración antes de proveer servicios pro bono a una persona participante. La entidad debe indicar si lleva acabo una evaluación económica de la población que participará de un programa especifico.
  • 3 Reglamentación donde se encuentren los criterios de evaluación económica para las poblaciones que atiende (Si su organización tiene criterios de evaluación económica)
  • 4 Formulario -si alguno- que utilicen para evaluar participantes o comunidades
  • 5 Descripción de la población de escasos recursos a la que brinda servicios. Esto puede hacerlo incluyendo su misión y visión.
  • 6 Descripción de los tipos de servicios legales o notariales que ofrecerá la organización a través de su programa o proyecto.

Si la organización no cuenta con criterios de evaluación económico podrá utilizar los criterios   de   indigencia   establecidos   por   la   OAT.   Los   acompañamos   con   este documento.

Responsabilidades

- Las organizaciones solicitantes se comprometen a:

  • 1 Desarrollar una estructura, de no tenerla, para certificar las horas pro bono que sirvan las abogadas y abogados en su organización. Debe tener una persona autorizada que supervisará las abogadas y abogados que trabajen su entidad de manera voluntaria. La supervisión incluirá, pero no se limitará a, recibir las facturas de las personas abogadas, certificar que cumplieron con las tareas que estás indican, así como certificar oficialmente al Tribunal las horas con las que cumplieron en su entidad.
  • 2 Llevar un registro por año fiscal de los abogados y las abogadas que ofrezcan trabajo pro bono en su organización. Este registro se conservará por un termino de 5 años.
  • 3 Redactar un informe anual resumiendo la gestión o proceso del programa o proyecto pro bono antes del 30 de septiembre de cada año.

Próximos pasos

  • Una vez se complete la solicitud con la debida información se debe presentar en la División de Correo y Archivo Activo ubicada en la OAT antes del 15 de agosto de 2019. La oficina abre de lunes a viernes de 8:30am a 5pm.

1 Comment

  1. Nelly Velázquez on July 20, 2019 at 12:49 am

    Necesito ayuda .

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