Reiteramos nuestros reclamos ante el Departamento de la Vivienda

El 20 de febrero de 2020, el equipo de Ayuda Legal Puerto Rico sostuvo una reunión con el nuevo Secretario del Departamento de la Vivienda, Lcdo. Luis Carlos Fernández Trinchet, y su equipo de los fondos CDBG-DR.

Nuestro interés era corroborar el estatus de nuestros reclamos sobre los fondos CDBG-DR y manifestar la importancia de la participación real y efectiva para la nueva asignación de fondos CDBG-MIT.

¿Cuáles reclamos se trajeron a la mesa?

Enmendar el Plan de Acción para eliminar la prohibición tajante de reconstruir y reparar sustancialmente en zonas consideradas como inundables o susceptibles a deslizamientos.

Esto permitiría hacer espacio para la mitigación y protegería de desplazamientos forzosos a personas y comunidades vulnerables. Esto es cónsono, además, con los miles de millones que han sido asignados a Puerto Rico para mitigación.

 

Enmendar las guías de los programas de vivienda CDBG-DR, en específico el programa R3, para aceptar una declaración bajo juramento uniforme que permita a personas dueñas sin títulos probar su interés propietario y accesar fondos de recuperación.

Este proceso ha sido autorizado en otras jurisdicciones. Ofrecimos el modelo de declaración bajo juramento que aprobó FEMA para casos de asistencia individual. Aun existiendo el programa de Autorización de Títulos urge agilizar la forma de probar interés para tener rendición de cuentas al tiempo en que tenemos la mayor accesibilidad. Nada en la ley federal o local exigen un título formal. Las disposiciones de las nuevas condiciones de HUD no se refieren al registro de la propiedad sino a implementar el sistema de parcelas uniformes - catastros - en el CRIM, tal como ya se contemplaba en el Plan de Acción. Los procesos de titularidad toman tiempo y son onerosos, por lo que requieren cambios profundos de política pública. Adoptar esta declaración es un proceso sencillo, ya probado que podría agilizar el acceso efectivamente.

 

Solicitar a las compañías contratadas para el Programa R3 que asuman prácticas correctas y respetuosas de los derechos de las personas solicitantes.

Estas prácticas deben ser públicas, ampliamente difundidas y estar visibles en los centros. Deben incluir, por ejemplo, la instrucción de que toda determinación se enviará por escrito, en documentos en donde conste claramente la fecha y el tiempo que tomará el próximo paso. Esto incluye hacer público un cronograma sobre el Programa R3.

 

Celebrar vistas públicas para la redacción del Borrador al Plan de Acción de los Fondos CDBG-DR para Mitigación.

Entre otros criterios, deben cumplir con los siguientes:

  1. Celebrarse equitativamente en las áreas geográficas designadas como zonas afectadas.
  2. Cumplir con notificaciones adecuadas – en español, mediante prensa y radio – a las personas y comunidades sobre la celebración de vistas públicas y la publicación del Borrador del Plan de Acción.
  3. Celebrarse en horarios que permitan la participación de la población trabajadora.
  4. Tener disponible un registro público y accesible a toda persona que lo solicite.
  5. Garantizar acceso a documentos oficiales y datos en español, incluyendo a las ponencias presentadas.
  6. Proveer turnos en igualdad de condiciones a alcaldes y alcaldesas, desarrolladores y miembros de la comunidad u organizaciones de base.
  7. Asegurar que toda persona sea escuchada con respeto y atención.
  8. Hacer disponibles intérpretes de señas y cumplir con otras consideraciones de accesibilidad.
  9. Grabación y transcripción de las vistas públicas.
  10. Publicar inmediatamente las ponencias en la página de internet.

 

Obtener acceso a los siguientes datos que constituyen información pública.

  1. Los términos relacionados a la solicitud del Programa de Reparación, Reconstrucción o Reubicación (en cuánto tiempo responde el Departamento de la Vivienda, en cuántos días se inspecciona el hogar y se evalúan daños, término para apelar, término para obtener las autorizaciones ambientales, etc.)
  2. Las estadísticas relacionadas a las solicitudes del Programa de Reparación, Reconstrucción o Reubicación, segregadas por centro, compañía y municipio.
  3. El número de personas visitadas a su hogar para completar la solicitud del Programa de Reparación, Reconstrucción o Reubicación.
  4. El número de solicitudes que han sido denegadas y el razonamiento.
  5. El número de solicitudes que han sido aprobadas con la distinción de la asistencia que se le va a proveer – reparación, reconstrucción o reubicación.

La reunión fue, en resumen, positiva. Notamos apertura a considerar y aprobar lo solicitado. Ahora, esperamos pasos afirmativos y acción. Desde ALPR nos mantendremos acompañando a las personas y comunidades que esperan por la recuperacion justa.

2 Comments

  1. Alexandra Sanchez on February 26, 2020 at 8:11 pm

    Buenas noches. Durante el
    Huracán Maria mi casa gracias a Dios no sufrió daños, sin embargo, resido en el Barrio Indios de Guayanilla donde el terremoto y las constantes réplicas han dañado la estructura y fue maracas a por el municipio de color amarillo, es un terreno y casa de herencia que no ha sido dividida, como ya saben en estos casos que no cualifico para préstamo, en cuanto a Fema solicite una segunda inspección, a ver si me aprueban algo. ¿Habrá algunos fondos de vivienda disponibles para los que no cualificamos para ayudas de Fema o préstamos?

Leave a Comment





This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.

Calendario