Hacia la recuperación justa:

Nuestros reclamos ante CDBG-DR

Acceso equitativo a los fondos de recuperación

En lo que se refiere al Programa de Reparación, Reconstrucción y Reubicación (R3) se requieren las siguientes enmiendas:

  • Enmendar los criterios de elegibilidad en el Plan de Acción y en las guías a los fines de eliminar la prohibición de reparaciones sustanciales y reconstrucción de viviendas “en terreno inundable, en el paso de crecidas de cuerpos de agua o en áreas con ingeniería o condiciones extraordinarias que hacen que la reconstrucción en el lugar no sea factible”, eliminando el impacto desproporcionado que afectaría a las comunidades empobrecidas.
  • Atemperar el lenguaje del Plan de Acción y las Guías aplicables a la OE-2020-63, a los fines de eliminar los criterios de titularidad formal o la suspensión de asistencia mientras se dilucida el título a tenor del programa de Autorización de Títulos para aquellos casos de reconstrucción o reparación. Aclarar que el referido al programa de Autorización de Títulos no pondrá en suspenso solicitud alguna al programa R3. 
  • Establecer un mecanismo uniforme de prueba alterna de titularidad, que no requiera de una abogada notaria, para que las personas accedan a los fondos de reparación y reconstrucción de vivienda las personas sin título formal sobre su vivienda
  • Establecer un mecanismo de garantía alterna que permita que personas sin título formal que así lo desean y necesitan puedan ser reubicadas
  • Cónsono con lo anterior, eliminar todo requisito de gravamen para ejecutar las condiciones de residencia que impone el Departamento de la Vivienda local. Las personas no reciben el dinero directamente. Le corresponde al Departamento velar porque los contratistas actúen íntegramente con los recursos destinados a reparar o reconstruir. Vivienda puede obtener evidencia de la residencia de la propiedad a través de  declaraciones solicitadas a las personas residentes o visitas periódicas.
  • Hacer disponibles solicitudes de asistencias accesibles, cortas, sencillas y uniformes. Ampliar el número y el horario de los centros de información y servicios relacionados a estos fondos, de forma tal que sean accesibles a personas de todo el archipiélago.

El derecho a decidir, quedarse y regresar

En lo que se refiere al Programa de Reparación, Reconstrucción y Reubicación (R3) se requieren las siguientes enmiendas:

  • Enmendar las Guías aplicables para atemperarse a la Cuarta Enmienda Sustancial del Plan de Acción, donde se adoptó el reclamo que establecía una moratoria a las relocalizaciones para dar espacio a procesos de mitigación. Esto no incluye aquellos casos de emergencia o donde la persona desea ser relocalizada.
  • Conforme al punto anterior, separar los procesos de reparación y reconstrucción de aquellos procesos de relocalización.
  • Promover un proceso de reemplazo y compra de propiedades  dentro de las geografías mismas de las comunidades, evitando su fragmentación. Se debe priorizar el que toda propiedad sea accesible a personas con diversidad funcional.
  • Replace and develop housing within the geographies that encompass the communities, with the participation of communities. Single family and multifamily units will be accessible to people with disabilities.

 

En lo que se refiere al Plan de Acción en general, se requiere:

  • Adoptar una política de minimización de desplazamientos promoviendo la mitigación antes de los realojos y un plan de relocalización con perspectiva de derechos humanos.
  • Esa política debe facilitar que la comunidad sea parte del proceso de identificar los riesgos, evaluar alternativas y eventualmente decidir si permanece o desaloja el espacio.
  • Es posible que en algunas comunidades el desplazamiento sea la única alternativa real. Para esos casos será necesario un plan exhaustivo y participativo sobre cómo se llevará a cabo el proceso de desalojo y reubicación que ayude a minimizar los daños a consecuencia del desplazamiento
  • En el caso de personas individuales que necesitan ser reubicadas, debe completarse un proceso de consentimiento libre, previo e informado, con el apoyo integral del Departamento de la Vivienda, los programas de consejería y otros.

Participación real, efectiva y sostenida en los procesos

En lo que se refiere a los programas de planificación comunitaria:

  • Requerir a la Fundación para Puerto Rico, administradores del programa de planificación comunitaria, que publique un programa revisado, transparente y concreto de planificación que integre a comunidades e individuos en los procesos relacionados a reconstruir, reparar y relocalizar. 
  • Expandir el programa de planificación comunitaria  y asignar fondos para llevar a cabo acciones que fomenten la resiliencia, asignando recursos específicos para implementar estos planes. 

 

En lo que se refiere a los procesos de mitigación:

  • Reconocer que el proceso de mitigación, a diferencia de como se ha diseñado el Programa R3, es un proceso colectivo. Se debe dar espacio a procesos participativos grupales para evaluar y proponer medidas de mitigación que reduzcan los riesgos en su comunidad y permita que más sus residentes permanezcan allí.

 

En lo que se refiere al Plan de Acción en general, se requiere:

  • La implementación de parámetros claros y amplios de participación, que incluyan la celebración de vistas públicas antes y durante la creación del Plan de Acción, así como periódicamente a través del proceso de implementación.
  • Reconocer Consejos Comunitarios regionales para evaluar el funcionamiento del Programa y las decisiones tomadas por los funcionarios de la agencia.
  • La pandemia ha limitado el acceso a periódicos. Los anuncios deben ir más allá que una publicación en las redes sociales o en la página web creada por el Departamento de la Vivienda, se deben anunciar también por radio y televisión. 
  • Habilitar un sistema de recolección de comentarios mediante teléfono (un buzón de voz), preparar un formulario digital para recolectar testimonios y realizar vistas públicas a través de plataformas de videoconferencias, y brindar información sobre las enmiendas y formas de participar a través de las redes sociales, radio, y televisión. Aunque existe una brecha que limita quién puede acceder a estas, se aumenta así la participación.