Tecnología para el acompañamiento y empoderamiento legal de las sobrevivientes de violencia doméstica

Las personas que enfrentan una situación de violencia doméstica en Puerto Rico pueden acudir al Tribunal y solicitar una orden de protección al amparo de la Ley 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la Ley para la prevención e intervención con la violencia doméstica. Una orden de protección es una orden que emite un tribunal que prohíbe a la persona agresora acercarse, comunicarse por cualquier medio, amenazar, molestar u hostigar de cualquier forma a la persona protegid, entre otras cosas. Este es un remedio civil que se puede solicitar simultáneamente a la radicación de una querella criminal por los mismos hechos o sola, sin que exista un caso criminal por los mismos hechos. 

Dentro de una orden de protección, el tribunal puede conceder remedios sobre custodia, relaciones filiales, pensión alimentaria, disposiciones sobre bienes en común, recogido de pertenencias, entre otros. Estos remedios son temporeros y duran por el mismo tiempo que dure la orden de protección. Se incluyen en el proceso porque las situaciones de violencia doméstica muchas veces incluyen otras complicaciones que requieren la intervención del Tribunal. 

La violencia de género en todas sus manifestaciones es una violación de derechos humanos. En Puerto Rico existe una política pública de no tolerancia hacia la violencia doméstica. Cualquier persona que entienda que ha sufrido violencia doméstica puede solicitar una orden de protección, no importa su género, estado civil o su estatus migratorio. 

Más que un papel, una orden de protección salva vidas

Las órdenes de protección pueden salvar vidas. Si una persona contra la cual hay una orden de protección vigente la incumple, sabiendo que existe, comete un delito grave. Es un delito adicional al de violencia doméstica. Si una persona oficial del orden público tiene motivos suficientes para considerar que se violó una orden de protección, tiene que arrestar a la persona e iniciar una investigación. 

La Rama Judicial de Puerto Rico cuenta con un formulario físico de petición de orden de protección al amparo de la Ley 54. Este formulario se usa para facilitar el proceso de solicitud de Orden de Protección en los tribunales. La ley también permite que se pueda solicitar una Orden de Protección verbalmente. Completar este formulario puede ser un proceso tedioso e incómodo para una persona sobreviviente de violencia de género. 

La petición es un documento de seis páginas que contiene contiene preguntas dirigidas a que el juez o la jueza pueda conocer las alegaciones de violencia, los remedios que se solicitan y las circunstancias particulares de cada caso, por ejemplo, si existen hijos en común y si las partes están casadas entre sí, entre otras. Además de esto, la persona sobreviviente debe completar una hoja de datos personales confidencial y en ocasiones, otros documentos adicionales requeridos por la organización que provee el servicio de intercesoría legal. Todo el proceso de completar la solicitud y documentos adicionales puede tomar alrededor de dos horas, tomando en consideración las particularidades de cada caso.

Los formularios interactivos son una herramienta de acompañamiento legal

Los formularios interactivos son una herramienta de acompañamiento legal que permite que se obtengan documentos, listos para ser presentados en los tribunales y agencias, de una manera fácil y accesible. Los formularios interactivos se distinguen de aquellos en papel por venir acompañados de material educativo. Además, permiten a la persona solicitante interactuar con el formulario en un formato de pregunta y respuesta. Así, el  proceso puede ser menos intimidante.

En el caso de la orden de protección, la persona que completa el formulario interactivo tiene acceso a información sobre las conductas que constituyen violencia doméstica de acuerdo a la Ley 54, lo que permite que la información que recoge el formulario en el renglón de alegaciones sea más completa. Esto permite capturar información muy valiosa que podría quedar fuera del documento si la persona no reconoce determinadas conductas como violentas.

Por ejemplo, la ley define y clasifica como delitos graves toda conducta que constituya maltrato, maltrato agravado, amenazas, restricción de la libertad y agresión sexual conyugal. La definición de maltrato incluye violencia psicológica y a diferencia de la violencia física, para que el tribunal reconozca este tipo de violencia es importante probar un patrón. Este detalle es clave al momento de escribir las alegaciones y al momento de testificar. De esta forma, el formulario interactivo permite que la persona sobreviviente conozca la ley y haga uso de sus derechos al momento de completarlo. 

El formulario interactivo representa un ahorro significativo del tiempo que toma completar los documentos. En la medida en que una persona va integrando las respuestas al documento, este se personaliza y hace preguntas que aplican a su situación particular. Si una persona contesta que no tiene hijos o hijas con la parte peticionada, el formulario interactivo no le hará preguntas sobre remedios provisionales como custodia, relaciones filiales o pensión alimentaria. Esto resulta en ahorro del tiempo que toma completar los documentos al permitir que se enfoque la atención en las preguntas que aplican. 

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El 10 de diciembre de 2019 Ayuda Legal Puerto Rico lanzará un formulario interactivo basado en el formulario oficial, en colaboración con la Rama Judicial de Puerto Rico. El formulario interactivo estará disponible en la página de ayudalegalpr.org.

La tecnología nos acerca: Intercesoras y sobrevivientes

En los tribunales y en organizaciones que proveen servicios para sobrevivientes de violencia de género existen personas intercesoras legales preparadas en aspectos de conducta humana, expertas en los aspectos psicosociales de la violencia de género,  que brindan apoyo y acompañamiento durante los procesos legales a las personas sobrevivientes. La ley reconoce un derecho de la persona sobreviviente al acompañamiento. Esto es parte de la valiosa labor que realizan las intercesoras.

El formulario interactivo facilita y agiliza el trabajo de intercesoría legal. Entre sus ventajas, puede ayudar a reducir el tiempo de espera en el Tribunal y permite que la persona sobreviviente tenga la opción de completar el formulario en las oficinas de la entidad sin fines de lucro que le ofrece el servicio de intercesoría legal, o desde cualquier lugar por medio de una computadora o celular. De esta forma, la tecnología nos permite acercarnos a las sobrevivientes en lugar de requerirles que se acerquen a nosotras,  proveyendo acompañamiento y facilitando el acceso a la justicia de las personas sobrevivientes de violencia de género. 

 

Ninguna persona está sola ante la violencia de género. Trabajamos, creamos, educamos y acompañamos para que así sea.

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