Intentar intervenir en defensa del ambiente

En Puerto Rico, muchos de los asuntos ambientales se tramitan a través de las agencias administrativas. Ya sea la intención de construir una nueva instalación para almacenar desperdicios sólidos o un nuevo hotel cerca de la playa, las decisiones que permiten estas actividades involucran agencias administrativas. Esos procedimientos no tienen que darse en cuartos oscuros y tras puertas cerradas.

La intervención es el mecanismo para que una persona que no es parte original en un proceso administrativo se convierta en parte en dicho proceso. Este mecanismo debe ser uno flexible y liberal que facilite la participación. No obstante, muchas veces el proceso puede resultar confuso para la personas. El desconocimiento de los procedimientos puede impedir o dificultar que las personas acudan a las agencias y ejerciten efectivamente sus derechos. De hecho, el estudio Acceso a la Justicia en Puerto Rico: Experiencias, Conocimientos y Percepciones del Dr. José Caraballo Cueto y comisionado por Ayuda Legal Puerto Rico, refleja que gran parte de la población su principal contacto con el ordenamiento jurídico es a través de las agencias. La mayoría de las encuestadas, sin embargo, indica que entiende completamente los procesos.

Es común que las personas recurran a la agencia para solicitar orientación sobre cómo participar, pero pueden recibir información imprecisa que no distingue entre la intervención y la mera participación en el proceso. A veces se le sugiere a la persona que necesita representación legal, a pesar de que ninguna norma requiere que la interventora esté representada. En los peores casos, las personas pueden sentirse disuadidas de intervenir.

Incluso en los casos en que la persona conoce que puede solicitar intervención, los medios para hacer su solicitud pueden ser inaccesibles. Por ejemplo, la solicitud de intervención en los procesos ante la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) solo se pueden hacer a través de su portal de internet. Los centros regionales pueden ofrecer ayuda a las personas para hacer la presentación, pero por la pandemia por Covid los centros no permitían personas en sus facilidades. Tenemos conocimiento de al menos un caso durante la pandemia en que el personal no permitió acceso y se negó también a recibir documentos impresos.

Una vez presentada la solicitud, la persona se expone a que otras partes se opongan a su intervención o que la agencia deniega la solicitud, lo que conlleva una inversión de tiempo y esfuerzos adicionales para la interventora. En algunos procedimientos, además de resolver la controversia, la agencia comparece como representante del interés público. En esos casos la agencia puede denegar solicitudes de intervención porque en su criterio los intereses de la persona ya están representados por la agencia misma. Eso no es aceptable. No solo anula la posibilidad de intervenir donde haya un representante del interés público, sino porque la agencia, en principio, comparece a defender su mandato en ley. La agencia no representa ni puede representar los legítimos que mueven a una persona a solicitar intervención.

 

La participación en procedimientos administrativos ambientales muchas puede conllevar la inversión de tiempo, esfuerzo y frustraciones; un costo físico y emocional, y hasta económico, sobre las personas que desean ser parte de los procedimientos que les afectan. Ese no debería ser el caso. La participación fomenta la transparencia y la rendición de cuentas, y mejora la calidad sustantiva de las decisiones administrativas. La participación efectiva requiere que la agencias abracen la participación, y establezcan mecanismos ágiles y sencillos que faciliten y propicien la incorporación de las personas y comunidades afectadas en los procesos administrativos.

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